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La reforma de la Seguridad Social amplía ayudas y eleva a 300 euros el anticipo de alimentos

El Real Decreto-ley 31/2026 se aplica por fases: desde el 23 de octubre amplía la prestación por cuidado de menores con enfermedad grave; el anticipo de alimentos sube a 300 euros por beneficiario desde noviembre.

实拍:西班牙社保总库马德里总部;西班牙社会保障部,署名来源/Wikimedia Commons。

实拍:西班牙社保总库马德里总部;西班牙社会保障部,署名来源/Wikimedia Commons。

El Real Decreto-ley 31/2026 se publicó y entró en vigor el 21 de octubre, pero sus cambios no empiezan todos a la vez. Desde el 23 de octubre, las familias que reducen su jornada para cuidar a un menor con cáncer u otra enfermedad grave pueden acceder a la prestación aunque no haya ingreso hospitalario, cuando el tratamiento tenga una intensidad equivalente. Si ambos progenitores reúnen los requisitos, podrán turnarse o percibirla simultáneamente; en este último caso, cada uno cobra el 50% de su propia base reguladora. En algunos supuestos de discapacidad o dependencia, la ayuda podrá mantenerse más allá de los 26 años.

A partir del 1 de noviembre, el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos eleva a 300 euros mensuales por beneficiario el máximo del anticipo y fija el límite de ingresos en la cuantía del salario mínimo. La Administración revisará de oficio los anticipos vigentes y resolverá con las nuevas reglas las solicitudes pendientes. El máximo no se concede automáticamente a todas las familias: siguen contando los requisitos económicos, la obligación de alimentos reconocida y las demás condiciones legales.

La reforma también flexibiliza el acceso a la pensión de viudedad para parejas de hecho con hijos comunes: ya no será imprescindible inscribirse en un registro o formalizar la pareja ante notario, pero habrá que acreditar la convivencia estable exigida mediante el padrón y cumplir el resto de requisitos. Quienes perdieron a su pareja antes de la entrada en vigor y no pudieron acceder podrán solicitarla durante los doce meses siguientes, si cumplen las condiciones transitorias. Las nuevas bajas especiales por patología menopáusica incapacitante o lesiones derivadas de violencia de género tienen efectos desde el 1 de diciembre; antes de iniciar trámites conviene consultar a la Seguridad Social o a la entidad colaboradora.

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OULAILA · EDITOR

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