El nuevo Estatuto del Estudiantado Universitario se publicó el 22 de octubre y entra en vigor este viernes 23. Se aplica a las universidades públicas y privadas de toda España, incluidas la enseñanza virtual e híbrida. Reconoce el derecho a recibir orientación y atención psicológica y de salud mental gratuita y accesible, coordinada con los servicios públicos autonómicos; también contempla asesoramiento académico y sociolaboral y la posibilidad de compaginar los estudios con el trabajo, dentro de las normas académicas y de la capacidad organizativa de cada centro.
Las universidades deberán aprobar o adaptar protocolos de prevención e intervención ante conductas suicidas, acoso sexual y ciberacoso, y situaciones de bullying. Si no los tienen vigentes, disponen de un máximo de seis meses para aprobarlos. Para adaptar las demás normas afectadas y poner en marcha o reorganizar las unidades de apoyo psicológico, discapacidad y dificultades de aprendizaje, el plazo transitorio es de doce meses. Por tanto, los derechos entran en vigor hoy, aunque algunos servicios tienen un periodo de adaptación establecido.
El Estatuto se aplica al alumnado universitario con independencia de su nacionalidad. Quien necesite apoyo por salud mental, acoso o dificultades de aprendizaje puede dirigirse a los servicios de estudiantes, igualdad o representación estudiantil y pedir información sobre los protocolos de su centro. Para compatibilizar trabajo y estudios, las medidas concretas dependerán del reglamento académico y de la organización de cada universidad: la norma no concede automáticamente exenciones de clase ni cambios de examen.

